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Venezuela-Guyana: Situación y perspectivas

Guyana  plantea, por primera vez en años, buscar una solución definitiva a la reclamación venezolana sobre la Guayana Esequiba y, dado que los buenos oficios del representante del Secretario General de la ONU no han funcionado, sugiere el arbitraje o la Corte Internacional de la Haya.

Venezuela debe aprovechar el nuevo e intenso interés de Guyana en ampliar “su” plataforma continental y en las inversiones de transnacionales en “su” territorio en general, para replantear la negociación prevista en el Acuerdo de Ginebra de 1966. El hecho que el “status quo” ya no satisface a Guyana puede favorecernos si sabemos utilizar inteligentemente la oportunidad. Frente a la nueva posición del gobierno guyanés Venezuela debe:

a) Reafirmar públicamente que la salida libre al Atlántico no es negociable.

b) Mantener el patrullaje tradicional de la Armada en nuestra fachada atlántica.

c) Nombrar, con urgencia, un negociador-facilitador por Venezuela a tiempo completo.

En cuanto a las posibles alternativas de solución de la controversia en el marco del Acuerdo de Ginebra, “prima facie”, están las siguientes, entre otras:

1) Seguir negociando bilateralmente, con el apoyo del “buen oficiante “ o de un mediador, que sería el siguiente paso lógico previsto en el Acuerdo y en Art.33 de la Carta de la Naciones Unidas sobre mecanismos de solución pacífica de controversias.

2) Recurrir a terceros (Corte Internacional de la Haya o Arbitraje) para resolver sólo el problema central de la interpretación del objeto del Acuerdo de Ginebra. Guyana sostiene que el mismo consiste en establecer la validez de la contención venezolana de que el Laudo de 1899 es nulo. Se trataría, por tanto de una disputa esencialmente jurídica. Venezuela, por su parte, afirma que no tiene sentido proponer una solución “práctica y mutuamente satisfactoria”, como reza el Acuerdo, a una controversia estrictamente jurídica.

3) Recurso a terceros, como un arbitraje, “ex aequo et bono”, que diera como resultado un arreglo práctico de la controversia. Esta solución, obviamente, sólo sería posible si Guyana aceptara nuestra interpretación del  Acuerdo de Ginebra, voluntariamente u obligada por una sentencia de un tercero según la mencionada alternativa n 2.

4) Recurso a terceros, como la Corte Internacional de la Haya para definir la validez o nulidad del Laudo de 1899. Esta alternativa  está basada sobre la interpretación guyanesa  del Acuerdo de Ginebra. Los escasos y respetables compatriotas venezolanos, que, en buena fe, proponen esta misma alternativa, deberían preguntarse porque es la preferida de los guyaneses y recordar que todos los dictámenes y opiniones de los juristas internacionales, que han conocido del caso, la consideran negativa para los intereses venezolanos.

5) Una solución imaginativa que mezcle los diversos procedimientos mencionados, como ejemplo podría dar lo que probablemente fue  la forma de solucionar la controversia en Canal del Beagle, entre Chile y Argentina: En una primera etapa confidencial hubo negociaciones bilaterales que aproximaron las posiciones de las partes y en la etapa pública y definitiva se dejó en manos del Arbitraje del Papa Juan Pablo II la solución definitiva, basada obviamente en las conclusiones de la primera etapa.

Por tanto, el gobierno, a este respecto,  debería buscar un gran consenso nacional, a través de la consulta y el diálogo con los diversos actores y expertos nacionales, para explorar los caminos más convenientes para avanzar en nuestra reclamación.

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