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Nicolas Boeglin

Esequibo entre Guyana y Venezuela (Parte I)

Recientemente, la Corte Internacional deJusticia (CIJ) hizo pública su primera decisión con respecto a la demanda interpuesta por Guyana contra Venezuela en marzo del 2018. La CIJ tomó esta decisión pese al anuncio reciente de Venezuela de no participar en el procedimiento contencioso incoado por Guyana.En las líneas que siguen se intentará poner en contexto la decisión tomada por Guyana, al parecer un tanto urgida, y explicar el interés que puede haber por someter esta disputa territorial con Venezuela de más de 50 años a la justicia internacional.

 

Introducción 

La CIJ ha anunciado este 2 de julio del 2018 su primera decisión con respecto a la demanda interpuesta por Guyana contra Venezuela en marzo del 2018: se trata de una ordenanza (o «providencia«) en la que ofrece a ambos Estados la posibilidad de dar a conocer su criterio sobre su jurisdicción, fijándoles un plazo para hacerlo (véase el texto de su comunicado de prensa en inglés y en francés con fecha del 2/07/2018). La CIJ tomó esta decisión pese al anuncio hecho por Venezuela el 18 de junio del 2018 de no participar en el procedimiento contencioso al que Guyana quiere someter la disputa territorial sobre la región de Esequibo (véase nota nuestra sobre decisión venezolana del 18 de junio pasado que reproduce el comunicado oficial de Venezuela en su parte final).

 

Dos Estados tradicionalmente distantes con el juez internacional

La decisión unilateral de Guyana de someter su diferendo con Venezuela a la CIJ amerita algunas precisiones. En efecto, tanto Venezuela como Guyana han históricamente mantenido sus distancias con la CIJ: no son parte al Pacto de Bogotá de 1948 (véase estado oficial de firmas y ratificaciones), un tratado interamericano que permite a un Estado entablar una demanda en La Haya contra otro Estado del hemisferio americano; tampoco han reconocido nunca la jurisdicción de la Corte de La Haya mediante la declaración facultativa prevista en el Artículo 36, párrafo 2 del Estatuto de la CIJ (véase lista oficial de declaraciones hechas).

La situación de Guyana con relación a la CIJ es idéntica a la de otra antigua colonia británica en el continente, Belice. Para resolver una disputa marítima con Surinam, Guyana escogió acudir a la técnica del arbitraje: ambos Estados conformaron un tribunal arbitral compuesto por cinco árbitros. El laudo arbitral fue dado a conocer en septiembre del 2007 (véase texto completo y mapa de la línea divisoria decidida por el tribunal arbitral).

En el caso de Venezuela y de su posición con respecto a la CIJ, se trata de una verdadera política de Estado. Recientemente el jurista Victor Rodriguez Cedeño recordaba la posición oficial que, como delegado de Venezuela, debió de externar en un sinfín de negociaciones multilaterales:

«En muchas reuniones, incluso de codificación, hemos dejado en forma expresa y clara nuestra reserva en relación con el carácter obligatorio de la jurisdicción de la corte. Recuerdo que como representante de Venezuela en muchas reuniones jurídicas hice declaraciones muy claras al respecto, entre otras, en la Conferencia de Viena de 1986, en las negociaciones cuando se adoptó la Constitución de la Onudi, en 1977-78, que evitó, como consta en actas, que se incluyera el recurso obligatorio y entre muchas otras, durante el proceso de adopción del Acuerdo Constitutivo del Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola, FIDA, también a finales de los años setenta del siglo pasado. Posiciones coherentes formuladas con base en una política exterior jurídica seria que desarrollaron los gobiernos democráticos desde 1959» (véase artículo publicado en El Nacional, y cuya lectura recomendamos).

 

Breve puesta en contexto de la controversia entre Guyana y Venezuela

El litigio entre Guyana y Venezuela sobre la región de Esequibo es la más antigua controversia territorial que se mantiene irresuelta en el hemisferio americano.Un laudo arbitral de octubre de 1899 (véase texto), escasamente fundamentado, y considerado como muy favorable al Reino Unido, fue objeto de investigaciones que llevaron a Venezuela a considerarlo como nulo en los años 60. Nótese que el tribunal arbitral presidido por un jurista ruso, contó con dos árbitros norteamericanos y con dos árbitros británicos.

En una publicación oficial editada en el 2015 y titulada «Guayana Esequiba: historia de un despojo» (disponible aquí), Venezuela detalla su posición con respecto a algunos aspectos históricos y con respecto a este laudo de 1899.

 

 

En este artículo del jurista venezolano Allan Brewer-Carías publicado en el 2009 por el Max Planck Institute de Heidelberg en Derecho Internacional Público y Derecho Comparado, el autor explica que:

«The boundary established in the 1899 arbitration tribunal was considered to be settled for the next half-century, until a memorandum written by Severo Mallet-Provost (11 August 1944), a lawyer who had acted as a junior counsel for Venezuela at the Paris tribunal, was published posthumously in the 1949 issue of the American Journal of International Law (O Schoenrich ‘The Venezuela-British Guiana Boundary Dispute’ (1949) 43 AJIL 523, 528–30). The memorandum adduced that the arbitral tribunal’s president had coerced several members into assenting to the final decision, the result of a political deal between Britain and Russia. Reportedly, this memorandum had been dictated five years earlier by Mallet-Provost to Judge Otto Schoenrich, his partner in the US law firm of Curtis, Mallet-Prevost, Colte and Mosle, with instructions that it was not to be published until after his death, and even then, only at Judge Schoenrich’s discretion. Mallet-Prevost died on 10 December 1948, and his memorandum appeared in print some six months later» (punto 17).

En el año de 1966 Reino Unido y Venezuela sucribieron en Ginebra un tratado en aras de encontrar una solución negociada (véase texto del tratado en inglés y español). Si bien, en el texto, no se declara nulo el laudo arbitral de 1899, puede interpretarse como una aceptación tácita de su nulidad por parte de ambos Estados. Desde 1966, consultas entre ambos Estados, buenos oficios del Secretario General de Naciones Unidas y otros intentos no lograron plasmarse en ningún acuerdo, adoptando Venezuela y Guyana un peculiar modus vivendi con relación a más de 150.000 kilómetros que los separan, y declarados en mapas oficiales de Venezuela como «zona disputada» (como el usado en esta nota de prensa). En febrero del 2017, el actual Secretario General nombró al diplomático noruego Dag Halvor Nylander para proceder a un nuevo intento de mediación (véase nota oficial de Naciones Unidas).

Es de notar que esta vieja controversia ha tomado un inédito rumbo desde que llegó a ejercer sus funciones el actual ocupante

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